BARILOCHE | PENA EN SUSPENSO
Violó órdenes judiciales y volvió a golpear y amenazar a su expareja: fue condenado pero no preso
La Justicia de Bariloche condenó a un hombre de 38 años a siete meses de prisión de ejecución condicional por dos episodios de violencia contra su pareja, además de amenazas y desobediencia judicial. El segundo ataque ocurrió cuando ya pesaba sobre él una orden que le prohibía cualquier tipo de agresión contra la mujer.
La condena fue dictada el 22 de junio por la jueza Romina Lía Martini, mediante un juicio abreviado. El acusado reconoció los hechos, su participación y culpabilidad, y aceptó tanto la calificación legal como la pena acordada con la Fiscalía.
El primer episodio ocurrió el 5 de enero de 2026 en inmediaciones del lago Mascardi y continuó esa misma noche en un domicilio. Según la acusación, después de una discusión, el hombre golpeó a su pareja en el rostro y posteriormente la intimidó con un elemento cortopunzante. La mujer sufrió distintas lesiones y los informes incorporados al expediente señalaron un contexto de violencia de género y una situación de riesgo elevado.
El segundo episodio ocurrió entre la noche del 24 y la madrugada del 25 de mayo. Esta vez, el hombre la atacó dentro de la vivienda, la tomó del cuello, la arrastró y la arrojó contra distintos elementos hasta hacerla caer al suelo. La mujer sufrió lesiones en cuello, tórax, brazo, pierna y rostro. Cuando intentó pedir auxilio al 911, el condenado le quitó el teléfono para impedir la comunicación.
El dato que agravó todavía más el cuadro fue que ya existía una orden judicial vigente. El 30 de abril, el juez de Garantías Víctor Gangarrossa le había impuesto la prohibición de agredir a su pareja, una medida que regía hasta el 30 de agosto de 2026. Al volver a atacarla, también incumplió esa orden.
La Fiscalía acreditó los hechos mediante las denuncias, certificados médicos, informes de organismos especializados, registros de las llamadas al 911 y documentación de la audiencia en la que se había impuesto la prohibición. La víctima fue informada del acuerdo y prestó su conformidad.
Martini consideró acreditada la responsabilidad del acusado y homologó el acuerdo. Además de los siete meses de prisión condicional, deberá cumplir durante dos años una serie de reglas: mantener domicilio, presentarse trimestralmente ante el IAPL, realizar tratamiento psicológico si así lo determina el CIF y, fundamentalmente, no acercarse ni contactar a la víctima a menos de 500 metros ni ejercer nuevos actos de violencia física o psicológica.