ESQUEL | JUSTICIA
Condenaron a un enfermero por robar siete ampollas de morfina del Hospital Zonal
Los faltantes ocurrieron entre diciembre de 2024 y enero de 2025. La investigación determinó que el enfermero habría utilizado una llave que los médicos guardaban en sus pertenencias para acceder a la caja durante la madrugada. La pena se definirá este jueves.
El tribunal mixto de Esquel declaró por unanimidad a Marcelo Gustavo Villarruel, enfermero de 54 años del Hospital Zonal, como autor penalmente responsable de dos hechos de hurto calificado, en concurso real. Según se acreditó durante el juicio, sustrajo siete ampollas de morfina de la caja de seguridad del establecimiento.
Los faltantes fueron detectados el 26 de diciembre de 2024, cuando desaparecieron cinco ampollas, y nuevamente el 5 de enero de 2025, con otras dos. Ante sospechas previas, el hospital había implementado un estricto sistema de control: la morfina quedaba bajo custodia de los médicos de guardia, quienes realizaban recuentos al comenzar y finalizar cada turno.
La prueba central del juicio fueron las cámaras de seguridad. Las grabaciones mostraron a Villarruel ingresando durante la madrugada y abriendo la caja de seguridad. Según la acusación, utilizaba su propio cuerpo para ocultar la maniobra y luego continuaba manipulando otros psicofármacos sin tomar las mismas precauciones.
La investigación estableció además que el enfermero había accedido a las llaves que los médicos guardaban en mochilas y casilleros dentro del área de enfermería. Una pericia escopométrica permitió identificarlo en las imágenes.
A esas pruebas se sumaron otros indicios: en el teléfono celular del acusado encontraron una fotografía de una ampolla de morfina y fueron consideradas situaciones en las que habría intentado conseguir la sustancia por vías informales. Otro dato valorado por el tribunal fue que los faltantes cesaron por completo después de que Villarruel fuera apartado de las guardias.
El tribunal también rechazó el planteo de nulidad presentado por la defensa respecto de las filmaciones y consideró acreditada la responsabilidad penal del enfermero. La conducta fue encuadrada como hurto calificado por el uso de una llave sustraída, de acuerdo con los artículos 162 y 163 inciso 3° del Código Penal.
La sentencia fue dictada por el tribunal presidido por Martino O’Conor e integrado por los jueces técnicos José Luis Enis y Jorge Novarino y los vocales populares Celestina Farías y Emiliano García. El caso fue llevado a juicio por el fiscal Fidel González, con la colaboración del fiscal Ezequiel Forti.
Ahora falta definir la pena. La audiencia de cesura, en la que se discutirá la sanción y las costas del proceso, fue fijada para el jueves 27 de agosto a las 10