lunes 7 de septiembre de 2026

Burgos tampoco pudo: el Tribunal de Impugnación rechazó otro intento de revertir su condena

Sergio Rodolfo Burgos, condenado a cuatro años y seis meses de prisión por 14 hechos de desbaratamiento de derechos acordados, volvió a intentar abrir una nueva instancia judicial. El Tribunal de Impugnación declaró inadmisible el recurso extraordinario presentado por su defensa. La resolución lleva la misma fecha que la que confirmó la condena contra Domingo Di Tullio, el "socio".
19/08/2026


El 18 de agosto no fue un día cualquiera para el expediente que tiene como 
denunciante a Fernando Boudourian.

Mientras el Tribunal de Impugnación confirmaba la condena contra Domingo Nicolás Gabriel Di Tullio Honrado por defraudación por administración fraudulenta, otro de los protagonistas de esta historia judicial, Sergio Rodolfo Burgos, recibía una respuesta igualmente negativa.

Burgos, supuesto "socio" de Di Tullio Honrado, había intentado llevar su caso a una nueva instancia extraordinaria después de que el Tribunal de Impugnación rechazara, el 22 de junio, el recurso ordinario presentado contra la sentencia que lo había condenado.

No llegó.

El Tribunal declaró inadmisible la impugnación extraordinaria presentada por su defensa y dejó firme la resolución anterior.

Cuatro años y seis meses de prisión

La sentencia dictada el 26 de marzo de 2026 había declarado a Burgos autor penalmente responsable de 14 hechos de desbaratamiento de derechos acordados, en concurso real.

La pena fue de cuatro años y seis meses de prisión.

Además, el tribunal le impuso seis años de inhabilitación especial para administrar bienes ajenos, actuar como fiduciario en fideicomisos, realizar operaciones inmobiliarias o de corretaje e integrar órganos de administración societaria. También dispuso las accesorias legales y las costas.

La defensa volvió a cuestionar la valoración de la prueba y sostuvo que los testimonios de quienes declararon durante el proceso habían sido analizados de manera incorrecta.

Pero para el Tribunal de Impugnación, el planteo no alcanzaba para abrir una nueva instancia.

El problema de los testimonios

Los jueces consideraron que la defensa se había limitado a sostener que los testimonios habían sido valorados incorrectamente, pero sin explicar concretamente cuál había sido el error, por qué esos testimonios debían interpretarse de otra manera ni cuál era, en definitiva, la valoración que correspondía realizar.

El planteo, entendieron, no aportaba un agravio extraordinario que justificara revisar nuevamente la cuestión.

Además, los magistrados advirtieron que varios de los cuestionamientos intentaban reeditar cuestiones que ya habían sido discutidas y rechazadas en las instancias anteriores.

La diferencia no es menor.

Una impugnación extraordinaria no funciona como una tercera oportunidad para volver a discutir toda la prueba del juicio. Y, según entendió el tribunal, eso era precisamente lo que la defensa estaba intentando hacer.

Por eso, la resolución recuerda que una mera discrepancia con la valoración de la prueba no resulta suficiente, por sí sola, para habilitar una instancia extraordinaria.

Otra puerta que se cierra

La decisión fue unánime.

El juez Miguel Ángel Cardella propuso declarar inadmisible la impugnación y sus colegas María Rita Custet Llambí y Carlos Mohamed Mussi adhirieron a su voto.

Así, el Tribunal de Impugnación declaró inadmisible la impugnación extraordinaria presentada por la defensa de Burgos contra la resolución del 22 de junio de 2026.

Y ahí aparece la coincidencia que vuelve particularmente significativa la jornada judicial del 18 de agosto.

Di Tullio y Burgos llegaron por caminos procesales diferentes, pero recibieron ese día dos respuestas negativas del mismo Tribunal de Impugnación.

A Di Tullio le confirmaron la condena por administración fraudulenta.

A Burgos le cerraron la puerta de la impugnación extraordinaria contra la resolución que había mantenido su propia condena.

Dos nombres que aparecen vinculados a una misma trama judicial y a varias empresas.

Dos recorridos procesales distintos.

Y, por ahora, ninguno consiguió abrir la puerta que estaba buscando.

Ojo, otros damnificados todavía esperan Justicia.

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