JUSTICIA LABORAL | BARILOCHE
Cayó del techo por una ráfaga de viento y la Justicia elevó su incapacidad del 4,89% al 12,8%
El hombre había cuestionado el porcentaje determinado por la Comisión Médica y llevó el reclamo al fuero laboral de Bariloche. La pericia médica confirmó secuelas en un dedo y planteó dudas sobre el origen de la lesión de rodilla, pero el tribunal consideró que el conjunto de las pruebas permitía vincular ambas dolencias con el accidente.
El trabajador se desempeñaba como administrador de una propiedad y también realizaba tareas de reparación y mantenimiento. El día del accidente subió al techo de un galpón para ajustar unas chapas que estaban sueltas. Una fuerte ráfaga de viento le hizo perder la estabilidad y terminó cayendo al suelo.
Provincia ART aceptó el accidente y comenzó a brindarle prestaciones médicas. Después de una primera alta, el trabajador reclamó y logró continuar con el tratamiento. Más adelante recibió una nueva alta, esta vez con reconocimiento de secuelas, y la Comisión Médica determinó una incapacidad laboral del 4,89%.
El trabajador consideró que ese porcentaje no reflejaba las consecuencias de la caída y demandó a la aseguradora ante la Justicia Laboral de Bariloche. El punto central de la discusión fue determinar si las lesiones que presentaba, particularmente en la rodilla derecha, podían atribuirse al accidente.
Durante el proceso, la pericia médica confirmó limitaciones funcionales en el dedo meñique derecho. Respecto de la rodilla, la especialista señaló que no podía establecer con certeza el vínculo porque no había estudios por imágenes realizados inmediatamente después de la caída.
Sin embargo, el tribunal entendió que esa ausencia no alcanzaba para descartar la lesión. Consideró que el traumatismo de rodilla había sido denunciado desde el comienzo, figuraba en el trámite ante la Comisión Médica y no existían antecedentes que demostraran una lesión previa o un accidente posterior que explicara el cuadro.
Finalmente, la Justicia consideró vinculadas con la caída las secuelas del dedo y de la rodilla y estableció una incapacidad laboral permanente, parcial y definitiva del 12,8%, casi tres veces superior a la reconocida inicialmente. Provincia ART deberá pagar una indemnización calculada sobre ese nuevo porcentaje, más los intereses correspondientes.