2026-08-19

Di Tullio Honrado: el Tribunal de Impugnación confirmó la condena por defraudación

El Tribunal de Impugnación de Río Negro rechazó el recurso de la defensa y dejó firme la condena a tres años de prisión en suspenso contra Domingo Nicolás Gabriel Di Tullio Honrado por defraudación por administración fraudulenta. El caso gira alrededor de 11 lotes de Solares de Bariloche y de un poder que, según los jueces, fue utilizado en perjuicio de su titular.

La historia que Tribunal de la Calle viene siguiendo desde sus primeras instancias sumó ayer un nuevo capítulo. Y no precisamente uno favorable para Domingo Nicolás Gabriel Di Tullio Honrado.

El Tribunal de Impugnación Provincial rechazó la impugnación presentada por su defensa y confirmó la sentencia que lo había condenado a tres años de prisión de ejecución condicional, además de imponerle las costas del proceso. La resolución fue dictada el 18 de agosto y lleva las firmas de los jueces Carlos Mohamed Mussi, María Rita Custet Llambí y Guillermo Bustamante.

El caso tiene como denunciante a Fernando Boudourian y se remonta a una operación inmobiliaria vinculada con 11 lotes del desarrollo Solares de Bariloche.

Un poder otorgado por confianza

Según tuvo por acreditado la Justicia, Boudourian había otorgado a Di Tullio un poder amplio para realizar gestiones sobre esos terrenos, incluida la posibilidad de escriturarlos, ceder derechos y acciones y realizar determinadas operaciones, pero siempre dentro de las obligaciones propias de quien administra intereses ajenos.

El problema, para los jueces, fue lo que ocurrió después.

En julio de 2021, Boudourian le había pedido a Di Tullio que avanzara con la escrituración de los lotes a su nombre. El propio fallo reproduce comunicaciones entre ambos en las que Di Tullio respondía que iba a organizar la operación. Días después, incluso hablaban sobre el valor de los terrenos.

Sin embargo, entre julio y septiembre de ese año, Di Tullio retiró de una escribanía los boletos de compraventa y el poder que habían quedado bajo resguardo.

El 30 de septiembre de 2021 concurrió a otra escribanía junto con Ariel Burgos y cedió los derechos sobre los lotes sin conocimiento ni conformidad de Boudourian, según estableció la acusación que luego fue considerada acreditada por los tribunales.

US$ 99.000 por terrenos que valían mucho más

Acá aparece uno de los puntos centrales de la sentencia.

La operación por los 11 lotes se concretó por aproximadamente US$ 99.000.

Los peritos inmobiliarios que declararon durante el juicio señalaron valores de mercado sustancialmente superiores. Uno de los terrenos, por ejemplo, fue estimado en alrededor de US$350.000 para septiembre de 2021. Para el conjunto de los lotes, las estimaciones también mostraban una diferencia muy significativa respecto del precio de la cesión.
El Tribunal de Impugnación puso especial énfasis en esa diferencia.

No solamente por el precio, sino por cómo y cuándo se hizo la operación: Boudourian había manifestado su intención de vender los lotes a valores de mercado, mientras que Di Tullio, poco después, dispuso de ellos sin consultarlo y a un precio que los jueces calificaron como irrisorio.

El círculo se cerraba sobre sí mismo

La sentencia también analiza las sociedades que participaron de la operación.

Los jueces señalaron que Chocofactory SAS, Di Tullio Emprendimientos SAS y Fiduciaria Patagónica de Tierras SAS compartían domicilio y directivos, mientras que algunas de las personas que intervinieron en las cesiones mantenían vínculos societarios o laborales con Di Tullio.

Para el Tribunal, esos elementos no podían analizarse aisladamente.

La resolución sostiene que Chocofactory no tenía capacidad económica para afrontar la compra y que la circulación de los bienes dentro de ese entramado societario permitió inferir una maniobra interna dentro del ámbito de control del imputado.

La defensa volvió a intentarlo

La defensa de Di Tullio cuestionó la sentencia por considerar que había existido una modificación de la acusación y una valoración arbitraria y fragmentada de la prueba.

También sostuvo que no estaba suficientemente acreditado el entramado societario y discutió los valores atribuidos a los terrenos.

El Tribunal rechazó todos esos argumentos.

Los jueces remarcaron que no se estaba juzgando el origen de los boletos ni la eventual naturaleza civil de la operación, sino la utilización posterior del poder otorgado por Boudourian.

Dicho en términos más sencillos: aun cuando Di Tullio hubiera tenido un poder amplio, para los magistrados eso no significaba que pudiera disponer del patrimonio de otra persona sin cumplir con los deberes de información y lealtad.

Y fueron todavía más directos: el Tribunal sostuvo que Di Tullio se excedió del mandato recibido y abusó de la confianza que le había sido otorgada, disponiendo de los derechos sobre los lotes sin informar a su titular.

Condena confirmada

Con tres votos coincidentes, el Tribunal de Impugnación rechazó el recurso y confirmó la sentencia anterior.

Así, quedó en pie la condena de tres años de prisión de ejecución condicional por defraudación por administración fraudulenta, con las pautas de conducta fijadas en la sentencia y las costas a cargo de Di Tullio.
El fallo no clausura necesariamente la historia judicial de Di Tullio, pero sí deja algo concreto: la condena que su defensa intentó voltear sobrevivió a una nueva revisión judicial.

Y en este expediente, por ahora, la cuenta sigue dando lo mismo: el poder era amplio. La confianza también. Lo que los jueces dijeron es que no estaba permitido abusar de ninguna de las dos.

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