SAN ANTONIO OESTE | ESCUELAS
Siete años y medio de prisión para maestro de plástica que abusó de once alumnas
Un docente fue condenado a siete años y seis meses de prisión efectiva por abusar sexualmente de once alumnas de entre seis y ocho años en dos escuelas primarias de San Antonio Oeste.
El Tribunal de Juicio de Viedma resolvió por unanimidad que el hombre fue responsable de once hechos de abuso sexual simple agravado por haber sido cometidos por una persona encargada de la educación. Los episodios ocurrieron durante los ciclos lectivos 2023 y 2024, principalmente dentro de las aulas donde trabajaba como docente de Plástica.
Para fijar la pena, los jueces valoraron especialmente la edad de las niñas, la relación de autoridad y confianza que implicaba la función docente y la reiteración de los hechos. También consideraron el daño provocado y las consecuencias que quedaron acreditadas durante el juicio.
La sentencia hizo referencia a secuelas psíquicas, estrés postraumático, dificultades en la escolaridad, miedos, recuerdos intrusivos y conductas de evitación. El Tribunal entendió que la extensión del daño justificaba apartarse del mínimo legal de la figura penal.
La defensa había solicitado tres años de prisión en suspenso. Las acusaciones, en cambio, habían reclamado penas de entre nueve y doce años de prisión, además de la inhabilitación perpetua para ejercer la docencia.
Finalmente, el Tribunal fijó la condena en siete años y seis meses de prisión efectiva. También dispuso la inhabilitación especial y perpetua para ejercer la docencia, al considerar que el condenado utilizó su función y su ámbito laboral para cometer los abusos.
El fallo valoró como atenuantes la ausencia de antecedentes penales y su conducta procesal. Sin embargo, consideró que esos elementos no alcanzaban para neutralizar la gravedad, reiteración y consecuencias de los hechos.
Una vez que la sentencia quede firme, se deberá consultar a los representantes de las víctimas sobre su eventual intervención durante la ejecución de la pena, tal como establece la Ley 24.660.