martes 8 de septiembre de 2026

BARILOCHE | SUBCOMISARÍA 80

El STJ cerró otra puerta para el comisario Fraima: la condena por abuso no irá, por ahora, a la Corte

El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso extraordinario federal presentado por la defensa del excomisario. La condena había sido dictada en 2023: tres años de prisión en suspenso y una inhabilitación perpetua para ejercer determinados cargos públicos.
08/09/2026

El caso volvió a pasar por el Superior Tribunal de Justicia, pero esta vez la respuesta fue contundente: el recurso extraordinario federal presentado por la defensa de Ricardo Fraima fue declarado inadmisible.

La condena original había sido dictada en marzo de 2023 por el Tribunal de Juicio de la Tercera Circunscripción Judicial. El hombre fue considerado autor penalmente responsable de un abuso sexual agravado por haber sido cometido por personal de una fuerza de seguridad en ejercicio de sus funciones.

Qué consideró probado el tribunal

Según la acusación que llegó a juicio, el hecho ocurrió entre octubre y noviembre de 2020, en la oficina de Operaciones de la entonces Subcomisaría 80 de Bariloche, cuando Fraima se encontraba al frente de esa dependencia.

La fiscalía sostuvo que el entonces subcomisario hizo concurrir a la empleada policial a su oficina para recibir novedades laborales y que, cuando la mujer intentó retirarse, la retuvo e impidió que pudiera salir, para luego besarla en contra de su voluntad.

La denunciante ratificó su relato durante el juicio y explicó el temor que le generaba la relación de poder existente dentro de la dependencia. La Fiscalía, además, presentó testimonios sobre situaciones de hostigamiento laboral y acoso sexual que, según se tuvo por acreditado en el debate, rodeaban la relación entre ambos.

Fraima negó la acusación y su defensa pidió la absolución.

El tribunal, integrado por los jueces Marcelo Álvarez Melinger, Bernardo Campana Martini y Juan Martín Burgos, consideró que la acusación había sido probada. En particular, valoró el relato de la denunciante junto con los restantes testimonios y elementos incorporados durante el juicio.

Álvarez Melinger sostuvo que, en delitos de esta naturaleza, la declaración de la víctima adquiere especial relevancia porque habitualmente los hechos ocurren sin testigos directos. En este caso, el tribunal entendió que los demás elementos de prueba aportaron corroboración suficiente al relato central de la denunciante.

La pena establecida fue de tres años de prisión de ejecución condicional, además de una inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos que impliquen tener personal femenino a su cargo, con costas.

Un largo recorrido judicial

Desde entonces, la defensa recorrió distintas instancias cuestionando la sentencia. En diciembre de 2025, el propio STJ había anulado una resolución del Tribunal de Impugnación porque entendió que no había dado una respuesta suficiente a determinados planteos defensivos y ordenó realizar una nueva revisión.

Esa revisión se hizo y, en febrero de 2026, el Tribunal de Impugnación volvió a confirmar la condena. La defensa insistió entonces ante el STJ y, tras una nueva negativa, llevó el planteo al terreno federal.

Ahora, el máximo tribunal rionegrino volvió a rechazar el intento. Para la mayoría, la nueva sentencia del Tribunal de Impugnación sí había respondido los cuestionamientos planteados por la defensa y no existía la contradicción que se denunciaba.

El fallo también remarca que las objeciones sobre determinados testimonios, circunstancias del lugar y otros aspectos de la prueba no alcanzaban para desarmar la valoración integral realizada durante el juicio. Los jueces destacaron que el relato de la denunciante había sido considerado junto con otros elementos incorporados al expediente.

Los magistrados señalaron además que el recurso extraordinario federal no puede convertirse en una nueva instancia para discutir nuevamente toda la prueba del juicio. En consecuencia, entendieron que no estaba configurado un supuesto de arbitrariedad que justificara la intervención de la Corte Suprema.

La defensa todavía puede intentar una queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, pero el STJ ya declaró inadmisible el recurso extraordinario federal presentado en esta etapa.